Plazo de presentación
Del 6 de julio hasta el 29 de septiembre de 2023 o agotamiento de crédito
Tipo de ayuda
Concesión por Orden de Entrada. Ayuda en régimen de minimis.
Beneficiario
Personas trabajadoras autónomas, pequeñas y medianas empresa, sociedades cooperativas y laborales, que cumplan los siguientes requisitos:
QUEDAN FUERA DE LA CONVOCATORIA QUIENES HAYAN SIDO BENEFICIARIOS DE XEMPRE EMPRENDEMENTO EN LA CONVOCATORIA DEL AÑO 2022.
¿Qué se subvenciona?
Inversión para la sustitución de combustibles fósiles o materiales críticos o escasos, es decir cambio de máquinas e instalaciones de energías fósiles a energías limpias.
Cuando se adquieran bienes de segunda mano no será necesario presentar tres ofertas.
Cuando la persona emprendedora sea miembro de la familia propietaria inicial o empleado y se haga cargo de la empresa para continuar con la actividad, no se aplicará la condición de los activos deban ser adquiridos a terceras personas no relacionadas con la persona compradora.
LAS INVERSIONES DEBEN ESTAR REALIZADAS Y PAGADAS DENTRO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN QUE ABARCA DESDE EL 5 DE NOVIEMBRE DE 2022 HASTA LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD. ES DECIR, JUNTO CON LA SOLICITUD SE PRESENTARÁ EL JUSTIFICANTE DE PAGO DE LAS FACTURAS OBJETO DE LA SUBVENCIÓN
¿Cuantía qué recibiré?
La cuantía de la ayuda será según el importe de inversión realizada
INVERSIÓN REALIZADA | PORCENTAJE SUBVENCIÓN | LIMITE DE SUBVENCIÓN |
Entre 5000€ hasta 10000€ | 60% de la inversión realizada | Entre 3000€ y 6000€ |
Entre 10001€ hasta 30000€ | 50% de la inversión realizada | Entre 5001€ y 15000€ |
Entre 30001€ hasta 50000€ | 40% de la inversión realizada | Entre 12000€ y 20000€ |
Entre 50001€ hasta 100000€ | 30% de la inversión realizada | Entre 15000€ y 30000€ |