TR357D AYUDAS E INCENTIVOS PARA FOMENTAR LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR, PERSONAL Y LABORAL DIRIGIDAS A PYMES Y PERSONAS AUTÓNOMAS CON PERSONAS TRABAJADORAS A SU CARGO EN GALICIA.

Quién puede solicitar TR357D

  •  Pymes y personas autónomas con personas trabajadoras asalariadas a su cargo.

  • Deben tener domicilio social o centro de trabajo en Galicia.

  • Mínimo 1 trabajador (para teletrabajo e inversiones o 5 (para flexibilidad).

  • Tasa de estabilidad mínima de empleo del 50%

Objetivo:

  • Facilitar la adopción de medidas que permitan equilibrar mejor la vida personal y profesional de las personas trabajadoras a través de:
    • Medidas organizativas en la empresa.

    • Acuerdos que favorezcan el teletrabajo y flexibilidad.

    • Facilitar tecnología que lo haga posible.

Plazo y procedimiento:

  • 19/02/2026 00:00 – 18/03/2026 23:59. Las solicitudes se presentan por medios electrónicos en la sede de la Xunta.

  • El procedimiento de concesión de los incentivos y subvenciones recogidos en esta orden se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

3 LINEAS DE ACTUACIÓN

1: Incentivos para el fomento del teletrabajo

Qué subvenciona:

  • 19/02/2026 00:00 – 18/03/2026 23:59. Las solicitudes se presentan por medios electrónicos en la sede de la Xunta.

  • El procedimiento de concesión de los incentivos y subvenciones recogidos en esta orden se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Cuantía:

  • 2.000 € por persona trabajadora teletrabajadora.

  • Límite máximo: 8.000 € por empresa.

2: Incentivos para el fomento de la flexibilidad horaria

Qué subvenciona:

  • Implantación de medidas de flexibilidad laboral de forma estable por escrito (por ejemplo, jornada continua, semana comprimida, permisos especiales, sistemas de horas/días compensados).

Requisitos clave:

  • Medidas pactadas mediante convenio colectivo, acuerdo con representación legal de trabajadoras/os, o con la plantilla si no hay representación.

  • Mantener medidas al menos 2 años.

Cuantía:

  • Incentivo de 8.000 € por empresa.

  • Incremento de 1.000 € si la tasa de ocupación femenina es igual o superior a

    la masculina.

3: Subvenciones para adquisición de elementos tecnológicos

Qué subvenciona:

  • Inversiones en equipos tecnológicos que permitan el teletrabajo o faciliten la conciliación (ordenadores portátiles, software de conectividad, etc.).

Condiciones:

  • Los gastos deben ser imprescindibles y estar efectivamente pagados.

  • Tener en cuenta necesidades específicas (por ejemplo, accesibilidad).

Cuantía:

  • Hasta el 80 % de la inversión subvencionable. (Máximo 1500,00€ por persona y 20.000,00€ por empresa)

  • Posible incremento si la empresa tiene equidad de género en la plantilla (tasa femenina igual o superior a la masculina).

Si necesitas ayuda para valorar si tu negocio puede acogerse a esta convocatoria o quieres que gestionemos la solicitud por ti, ponte en contacto con nuestro equipo. En Asmi Asesoría te acompañamos de principio a fin para que no dejes escapar esta oportunidad.

📩 ¿Lo hablamos? Contacta con nosotros.